La sanidad vegetal constituye uno de los pilares fundamentales de la producción agrícola, ya que supone la defensa de los cultivos contra los daños producidos por las plagas y enfermedades que amenazan la calidad y la seguridad de nuestros alimentos.La protección vegetal de los cultivos conlleva actuaciones en la detección de las plagas, el diagnóstico de enfermedades vegetales, su seguimiento, control y erradicación, aplicando las medidas permitidas en la normativa básica y de coordinación.
La consecución de este objetivo se armoniza con otras actuaciones de control en la utilización de abonos, la educación y formación al agricultor en el uso de buenas prácticas agrarias y la divulgación y publicación de aspectos fitosanitarios de interés para la agricultura de la región.
La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal recoge los aspectos fundamentales de la normativa dictada por la Unión Europea en esta materia, estableciendo un marco normativo adecuado a la distribución de competencias entre los distintos responsables en el ámbito de la sanidad vegetal. Según esta ley se responsabiliza a los agricultores de la vigilancia y el control de las plagas, así como de la ejecución a su cargo de las medidas obligatorias que se establezcan reglamentariamento.
La incidencia de las plagas y enfermedades que afectan a los cultivos puede comprometer la rentabilidad de las explotaciones por lo que su vigilancia y control resulta fundamental en cuna comunidad autonoma como Castilla y León, donde el sector agrario tiene una gran importancia.