El presente
Código de Buenas Prácticas Agrarias (CBPA) (2.644 kbytes)
responde a las exigencias comunitarias recogidas en la Directiva del Consejo 91/676/CEE, de 12 de diciembre de 1991, y en el R.D. 26/1996 de 16 de febrero, relativo a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias (posteriormente derogado por el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias (BOE nº 17 de 20-01-2022)).
La multiplicidad de condiciones climáticas, edafológicas y de prácticas culturales presentes en la agricultura y ganadería de Castilla y León representan un grave inconveniente a la hora de establecer, con carácter general, una serie de normas a adoptar por los agricultores y ganaderos en la fertilización orgánica y mineral de sus suelos. Por este motivo el Código no puede entrar con detalle en la situación particular de cada explotación, limitándose a dar una panorámica general del problema, a la descripción de los productos potencialmente fuente de la contaminación nítrica de las aguas y a contemplar la problemática y actuaciones generales en cada una de las situaciones o cuestiones que recoge el Anexo II de la Directiva 91/676/CEE, antes citada.
El Código no tiene carácter obligatorio, siendo una recopilación de prácticas agrarias concretas que voluntariamente podrán llevar a efecto los agricultores.
Sirva pues el presente Código de Buenas Prácticas Agrarias como Marco de referencia para el desarrollo de una agricultura compatible con el medio ambiente, en consonancia con una racional utilización de los fertilizantes nitrogenados y base para la elaboración de programas de acción mucho más concretos y específicos para cada una de las zonas vulnerables que se designen.
El presente Código fue aprobado por
Decreto 5/2020 de 25 de junio
, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias y publicado en el BOCyL nº 130 de 30 de junio de 2020.
El Decreto 5/2020 de 25 de junio designa las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero.
Las 24 zonas vulnerables incluidas en el anexo I del decreto, afectan a 387 municipios, distribuidos por provincias, y una superficie declarada como zona vulnerable a nivel autonómico de 14.414 kilómetros cuadrados, lo que supone tener una figura de protección sobre el 15 % de la superficie de la Comunidad, que representa el 20 % de la superficie agraria útil de Castilla y León.
Así mismo, mediante la
Orden MAV/398/2022
, de 29 de abril, se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León y que es de aplicación obligatoria a agricultores y ganaderos cuyas explotaciones estén ubicadas en las zonas vulnerables designadas por el Decreto 5/2020, de 25 de junio.
Normativa aplicable:
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Decreto 5/2020 de 25 de junio
, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias (BOCyL nº 130 de 30-06-2020)
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Orden MAV/398/2022
, de 29 de abril, por la que se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León (BOCyL nº 85 de 05-05-2022)
Toda la normativa relacionada con este tema puede consultarse en el siguiente enlace
Contaminación agraria difusa
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