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Agricultura y Ganadería de Castilla y León

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Cuaderno digital de explotación agrícola de Castilla y León (CUECYL)

1.- ¿Qué es el Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE)?

El Cuaderno digital de explotación agrícola (a partir de ahora CUE) es la herramienta digital que se va a utilizar en España para anotar las actividades que se realizan en la explotación en su ámbito agrícola, recogiendo así, entre otras, las actuaciones fitosanitarias, la fertilización o los riegos aplicados, y respetando siempre determinados requisitos técnicos para dicha cumplimentación.

No se trata de una nueva herramienta, ya que tiene su origen en la transposición a la normativa española de la Directiva 2009/128/CE, sobre uso sostenible de los plaguicidas, reflejada en el Real Decreto 1311/2012, por el cual los agricultores están obligados a cumplimentar un cuaderno de explotación. Sin embargo, este cuaderno digital presenta importantes diferencias frente a su antecesor, que son las siguientes:

  • Es digital y, por ello, tanto su llevanza, como la relación del agricultor con la Administración, sólo puede llevarse a cabo por medios electrónicos.
  • Todas las comunidades autónomas están obligadas a ofrecer de forma gratuita al titular un Cuaderno digital de explotación agrícola.
  • El titular de la explotación decide si utiliza el cuaderno digital de la comunidad en la que está inscrita su explotación o bien un cuaderno digital comercial.
  • Para asegurar la interoperabilidad y armonizar los sistemas de los cuadernos comerciales y los desarrollados por la administración, se han desarrollado protocolos e interfaces únicas de comunicación, que permiten integrar datos de esos cuadernos digitales comerciales en las aplicaciones desarrolladas por la administración.
  • Es único por explotación, independientemente de que esta disponga de unidades de producción agrícolas en distintas comunidades autónomas, cumplimentándose en aquella comunidad donde radique la mayor parte de la superficie agrícola de la explotación.
  • En el cuaderno se cargarán de oficio todos los datos que la Administración disponga de esa explotación o de su titular, procedentes del Registro autonómico de explotaciones agrícolas, y que sean necesarios para la creación y cumplimentación del cuaderno cada campaña agrícola. Son, entre otros, los datos referentes a las superficies cultivadas y su producto, la maquinaria de la explotación, los aplicadores fitosanitarios vinculados a esa explotación o se tendrá acceso a la herramienta de sostenibilidad agraria para nutrientes, que permite realizar un plan de abonado de cada parcela.

En base a los contenidos mínimos y los protocolos e interfaces únicos de comunicación en Castilla y León se ha desarrollado el Cuaderno digital de explotación agrícola de Castilla y León, denominado a partir de ahora “Cuecyl”.

2.- ACCESO A MI CUADERNO DIGITAL DE EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha puesto a disposición de cada titular de explotación su cuaderno digital. Al cuaderno podrán acceder los titulares de explotación con certificado digital o DNI electrónico en la siguiente dirección: https://particulares.ayg.jcyl.es

Si el titular de explotación ha habilitado a una entidad que ejerza como sujeto de intermediación para la gestión de su cuaderno, la habilitación y procedimiento de acceso a la aplicación informática del Cuecyl será el mismo que para cualquier otra aplicación informática de la consejería (Solicitud única de ayudas de la PAC, etc.).

3.- ¿Quién debe cumplimentar el CUE?

Todos los titulares de una explotación con medios de producción agrícola.

4.- ¿A partir de cuándo debe utilizarse el CUE para anotar los tratamientos realizados en la explotación?

Aunque el Real Decreto 1054/2022 y su modificación establece que determinados titulares, según las ayudas de la PAC (Política Agrícola Común) solicitadas, están obligados a utilizar el CUE a partir del 1 de septiembre de 2023, la difícil coyuntura de la campaña agrícola de 2022/2023 ha hecho que el Ministerio haya enviado a consulta pública la modificación del real decreto, para retrasar su entrada en vigor. En consecuencia, debe esperarse a la finalización de este periodo de consulta para conocer su fecha de entrada en vigor.

5.- ¿Puedo utilizar de forma VOLUNTARIA mi Cuaderno digital?

Sí. Con el fin de familiarizarse con la herramienta y estar preparados para su cumplimentación en la fecha que se establezca para su entrada en vigor, la Junta de Castilla y León ha puesto a disposición de los titulares de explotaciones agrícolas su cuaderno digital de explotación para que lo cumplimente de forma VOLUNTARIA.

La cumplimentación de este cuaderno digital NO EXIME AL AGRICULTOR DE SEGUIR LLEVANDO SU CUADERNO DE EXPLOTACIÓN TRADICIONAL, tanto para la campaña agrícola que está a punto de finalizar como para la próxima 2023/2024.

6.- Si mi explotación tiene superficies agrícolas en varias comunidades autónomas, ¿a qué comunidad me dirijo para obtener mi cuaderno digital?

A la comunidad autónoma donde se localiza la mayor parte de superficie agrícola. Esta comunidad es la competente para registrar su explotación, facilitar la aplicación informática para el uso del cuaderno y transmitir los datos tanto al MAPA como a las empresas que desarrollan los cuadernos digitales comerciales.

7.- ¿Estoy obligado a utilizar la aplicación del cuaderno digital de la comunidad autónoma donde esté ubicada mi explotación?
No. Es el titular quien decide si opta por utilizar el CUE de la comunidad autónoma o un cuaderno digital comercial. En este último caso, este cuaderno digital comercial deberá transferir sus datos al Cuecyl (para explotaciones competencia de Castilla y León), a través de los protocolos estandarizados de comunicación.
8.- ¿Puedo utilizar más de un cuaderno digital comercial en mi explotación?

Sí, pero siempre respetando que los datos de una misma superficie y cultivo (lo que se conoce como delimitación gráfica de cultivo) sólo pueden ser cumplimentados por un único cuaderno comercial.

9.- ¿Hay unos datos mínimos obligatorios en todos los CUE de España?

Sí. El Real Decreto 1054/2022 y la Orden APA/204/2023, establecen los contenidos mínimos que deben cumplir todos los cuadernos digitales, tanto los que desarrollen las administraciones como los cuadernos digitales comerciales. Estos contenidos mínimos afectan, entre otros, a los tratamientos fitosanitarios, fertilización o determinadas labores culturales.

10.- ¿Quiénes tienen acceso al Cuaderno digital de explotación agrícola de Castilla y León (Cuecyl)?

Todos aquellos titulares de una explotación agrícola inscritos en Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (Reacyl) y cuya mayor superficie agrícola esté ubicada en Castilla y León.

11.- No estoy inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (Reacyl)  y no dispongo del Cuecyl, ¿qué debo hacer?
Primero debe inscribir su explotación en el Reacyl y posteriormente se le generará automáticamente el Cuecyl.
12.- ¿Qué información dispone actualmente el Cuecyl?

El Cuecyl dispone de los datos del Reacyl. Entre estos datos, se encuentran las superficies y cultivos declaradas en la Solicitud Única de ayudas de la PAC 2023, la maquinaria o las instalaciones.

En el caso de superficies vitícolas, las superficies proceden del Registro de Viñedo y se incluirán de forma progresiva.

13.- ¿Cómo puedo modificar las superficies y cultivos de mi explotación de cara a la nueva campaña agrícola 2023/2024?

Si se trata de superficies no dedicadas a uva de vinificación, las superficies y cultivos deben modificarse en el Reacyl. Para ello, en la aplicación informática del Reacyl se está habilitando el menú que permitirá realizar estas modificaciones para la campaña 2023/2024. Una vez modificadas en el Reacyl estas superficies y cultivos, estarán disponibles para las anotaciones correspondientes en el Cuecyl, o bien se enviarán a las empresas desarrolladoras de cuadernos comerciales.

Esta opción estará disponible a partir de octubre de 2023, coincidiendo con el comienzo de la nueva campaña agrícola. Durante el periodo de Solicitud Única de la PAC esta opción estará deshabilitada y los titulares deberán utilizar la solicitud única de la PAC 2024 para actualizar sus superficies y cultivos.

En el caso de viñedo, para realizar cualquier actualización debe dirigirse al Registro de Viñedo de la provincia donde está ubicada la parcela para realizar cualquier actualización, de la misma forma en la que se está haciendo hasta la fecha. El Reacyl se encargará de obtener estas superficies, que posteriormente se exportarán al cuaderno.

14.- ¿Qué actuaciones debo anotar en mi CUE?
Con carácter general, todas las prácticas agrarias realizadas en materia de fitosanitarios o fertilización, y la comercialización de la cosecha. Por otra parte, aquellos titulares que se acojan a determinados ecoesquemas o ayudas asociadas, en función de los requisitos de las mismas, deben también anotar la información adicional en el cuaderno que permita gestionar correctamente dichas ayudas.
15.- ¿Qué sucede si no se hacen las anotaciones pertinentes a tiempo en el CUE?

El régimen sancionador dependerá de la actuación y normativa sectorial que se incumpla. Por ejemplo, si no se anotan los tratamientos fitosanitarios en el plazo que determine su normativa, en este caso el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, será de aplicación el régimen sancionador del citado real decreto.

16.- ¿Cuál es la frecuencia de actualización del CUE?
La frecuencia de actualización depende de la naturaleza del dato a consignar y de su normativa reguladora. En cualquier caso, y puesto que todavía no hay una fecha determinada para la entrada en vigor del CUE, este apartado se concretará cuando se disponga de la información más precisa.
17.- ¿Puedo utilizar una entidad (sujeto de intermediación) para cumplimentar el Cuecyl o el CUE comercial?

Sí, siempre que la entidad esté autorizada por el titular de la explotación.

Si la entidad colaboradora utiliza el Cuecyl, la entidad colaboradora necesitará el CPI del titular (Código Personal de Identificación) para acceder a su cuaderno.

El CPI puede obtenerse o cambiarse de forma presencial en la SAC correspondiente. Si dispone de certificado digital o DNI electrónico puede obtenerlo o cambiarlo desde la página web de la Junta de Castilla y León a través del enlace  https://particulares.ayg.jcyl.es.

Si la entidad colaboradora utiliza un cuaderno comercial, previamente, debe existir una autorización del titular a esa entidad para el uso de sus datos a través del cuaderno comercial. Esa autorización puede recabarla y subirla a la aplicación la propia entidad, para lo cual requerirá una firma (digital o manuscrita) del titular, o bien que sea el propio titular quien autorice a la entidad. En este último caso, en la propia aplicación del Cuecyl existe la opción de generar dicha autorización. El titular puede revocar en cualquier momento esa autorización.

Descarga el modelo para la autorización de una entidad por parte del titular de la explotación:

18.- Información para empresas que desarrollen cuadernos digitales de explotación comerciales

Se ha desarrollado una versión de pruebas para ensayar la interface de comunicación entre los CUE comerciales y el Cuecyl.

Si eres una de las empresas Agro-Tech que ha solicitado participar en el grupo de trabajo mixto “cuaderno digital”, coordinado por el MAPA, y estás interesado en utilizar esta versión de prueba, cumplimenta el siguiente formulario y remítelo firmado al correo electrónico: comercialcuecyl@jcyl.es

19.- Información para entidades que ejerzan como sujetos de intermediación y que van a utilizar cuadernos comerciales

Si se trata de una entidad que ejerce como sujeto de intermediación en materia de Cuaderno digital de explotación agrícola y va a utilizar un cuaderno comercial debe realizar los siguientes pasos:

Paso 1: Entrar en la aplicación Cuecyl a través de https://particulares.ayg.jcyl.es

Paso 2: Indicar la herramienta digital que va a utilizar como CUE comercial.

Para ello, dentro de la aplicación Cuecyl, siguiendo el siguiente menú:

Autorizaciones/ Entidad Gestora / Cuaderno comercial/nuevo cuaderno comercial

Accederá a una pantalla donde debe cumplimentar los siguientes campos:

  1. NIF de la empresa que ha desarrollado el CUE comercial
  2. Dominio de la empresa para el intercambio de información
  3. Nombre del cuaderno comercial                 

Paso 3: Disponer de la autorización del titular de la explotación para que la entidad utilice esa herramienta comercial para cumplimentar su cuaderno digital.

Este modelo de autorización está disponible en la aplicación Cuecyl y, una vez cumplimentado y firmado por el titular, debe subirse por la entidad a dicha aplicación.
20.-Procedimiento para darse de alta como entidad que ejerce de sujeto de intermediación (entidad habilitada).

Una entidad que ejerce como sujeto de intermediación es aquella persona física o jurídica que realiza determinados trámites electrónicos en representación de los interesados.

Para realizar este trámite debe disponer de la autorización del interesado.

Las fases para darse de alta son las siguientes:

1.-Solicitud de acceso telemático al Cuaderno digital de explotación a través de la siguiente dirección:

Este acceso se realiza mediante certificado digital o DNI electrónico. Una vez que haya accedido, debe pinchar en el apartado  PETICIÓN DE ACCESO TELEMÁTICO (ACTE).

2.- Ya en  ACTE, debe marcar la aplicación para la que solicita acceso, en este caso, el “Cuaderno digital de explotación CyL”.

3.-Una vez solicitado el acceso, y validado este por la Consejería, le llegará un correo electrónico notificándole el alta y ya podrá acceder a la aplicación del cuaderno, a través de la siguiente dirección:

4.-Para acceder al cuaderno de un titular por el  que ejerce como sujeto de intermediación debe conocer el CPI (código personal de identificación) del titular.

21.- Normativa que regula el CUE
  • Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
  • Orden APA 204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria.
22.- Acceso a la página FAQ del FEGA

Si quiere consultar las preguntas y respuestas de la página web del SIEX, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, pinche aquí.

https://www.fega.gob.es/es/siex/preguntas-frecuentes

23.- Contacto
Puedes enviar tus consultas al siguiente email: cuecyl@jcyl.es