Actualmente se encuentra en fase de Toma de posesión provisional o definitiva de las fincas de reemplazo habiéndose publicado con fecha 6 de junio de 2024. El plazo para presentar Alegaciones finaliza el día 8 de julio de 2024.
El perímetro de la zona de concentración parcelaria afecta a una superficie de 1826 hectáreas, aportadas por 547 propietarios, en 6272 parcelas. Se han atribuido 930 fincas de reemplazo.
Toma de posesión provisional o definitiva de las fincas de reemplazo:
Terminada la publicación del Acuerdo de concentración, siempre que el número de recursos presentados contra el mismo no exceda del cinco por ciento del número total de propietarios y las aportaciones de los recurrentes no representen más del cinco por ciento de la superficie total de la zona, se podrá dar la toma de posesión provisional de las nuevas fincas, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen.
En caso que se supere el cinco por ciento del número total de propietarios y las aportaciones de los recurrentes representen más del cinco por ciento de la superficie total, la toma de posesión se dará de manera definitiva una vez sea firme el Acuerdo tras la resolución de los recursos presentados.
Desde que los participantes reciban la posesión provisional o definitiva de las fincas de reemplazo gozarán, frente a todos, de los medios de defensa establecidos por las leyes penales, civiles y de policía.
Dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo han sido puestas a disposición de los propietarios para que tomen posesión de ellas, éstos podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el título o en el expediente de concentración.
Si la reclamación fuera estimada la Dirección General podrá según las circunstancias, rectificar el Acuerdo, compensar al reclamante con cargo a la masa común o, si esto último no fuera posible, indemnizarle en metálico, reintegrándole los honorarios satisfechos por el informe pericial.
Los documentos de la Toma de Posesión de las fincas de reemplazo que se pueden consultar son los expuestos a continuación, pudiendo consultar el documento completo en el Área de Estructuras Agrarias de la provincia correspondiente a cada zona.