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Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos

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Descripción:

Artículo 1. Objeto.
  1. La presente Ley tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia de animales potencialmente peligrosos para hacerla compatible con la seguridad de personas y bienes y de otros animales.
  2. La presente Ley no será de aplicación a los perros y animales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial.
  3. La presente Ley se aplicará sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente en materia de especies protegidas.

Estado de la norma:

Vigente

Ámbito de aplicación:

Estatal

Boletín y Fecha de publicación:

Boletín Oficial del Estado número 307. Viernes, 24 de diciembre de 1999.