Solicitud de Autorización de las explotaciones para acogerse a la excepción de identificación equina o para realizar movimientos de determinados animales de abastos sin Documento de Identificación Equina (DIE)
Autorizar a las explotaciones para acogerse a la excepción de identificación equina o para realizar movimientos de determinados animales de abasto sin Documento de Identificación Equina (D.I.E.).
¿Quién lo puede solicitar?
Titulares de las explotaciones donde se integren las poblaciones de equinos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Se podrán exceptuar del sistema de identificación las poblaciones definidas de équidos que vivan en condiciones silvestres o semisilvestres en determinadas áreas, incluidos espacios naturales protegidos, espacios protegidos u otro tipo de áreas naturales, siempre y cuando no abandonen dichas áreas. Si van a salir de las mismas o se domestican, deberán identificarse.
Tambien podrá autorizarse el traslado directo de un animal equino no identificado conforme al artículo 5 del
Real Decreto 1515/2009
desde la explotación de nacimiento al matadero, siempre que ambos estén en ubicados en España y se cumplan con las condiciones que establece el artículo 15. 2 del
Reglamento (CE) nº 504/2008
de la Comisión, de 6 de junio de 2008.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud de autorización conforme al modelo oficial dirigida al Director General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias.
Presentación electrónica
Acceso a la solicitud de excepción de identificación de équidos