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Agricultura y Ganadería de Castilla y León

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Sector lácteo

Sector lácteo

Calidad y Trazabilidad de la leche (Letra Q).

Definición:

LETRA Q es un sistema de información en entorno web a través del que se permite el registro e identificación de los agentes, establecimientos y contenedores que forman parte del sector lácteo y de los movimientos de leche cruda, destinada al consumo humano, se completa el sistema de información LETRA Q con el Módulo de Calidad, aplicación informática donde confluyen administración, operadores, productores, laboratorios registrados y oficiales. Permite la gestión homogénea de las muestras de leche cruda de vaca de los controles obligatorios y su asociación al movimiento, así como la gestión de las muestras oficiales.

Normativa:

  • Reglamento (CE) Nº 178/2002 , del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero, establece la necesidad para las empresas alimentarias de poner en práctica a partir del 1 de enero de 2005, sistemas que permitan, en todas las etapas de producción, transformación y distribución, asegurar la trazabilidad de los alimentos.
  • Real Decreto 217/2004 , por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche cruda de vaca.
  • Real Decreto 1728/2007 de 21 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo y se modifica el Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche. Este Real Decreto completa el sistema de información LETRA Q con el Módulo de Calidad.
  • Real Decreto 752/2011 de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector lácteo de leche cruda de oveja y cabra. A través de este Real Decreto se extiende al ganado ovino y caprino de leche la obligación de transmitir a la base de datos Letra Q los resultados generados en la ejecución de los diversos controles. 

Enlace al Sistema informático:

Declaraciones obligatorias de entregas de leche de vaca, cabra y oveja de productores a primeros compradores y de productores con ventas directas.

Definición:

Todos los primeros compradores de leche de vaca, oveja y cabra, que adquieran leche a productores están obligados a declarar mensualmente la cantidad de leche cruda que les haya sido entregada el mes anterior.

Esta declaración deberá ser presentada en los primeros veinte días del mes siguiente a la recogida, mediante los procedimientos informáticos establecidos al efecto, incluso en el supuesto de no haber realizado entregas en cuyo caso, la cantidad reflejada será «0»

Todos los ganaderos que realicen venta directa de leche y/o productos lácteos en la explotación deberán realizar una declaración de las Ventas Directas realizadas con periodicidad anual

Normativa:

  • Reglamento UE Nº1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 , por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1307/2001 y (CE) nº 1234/2007, establece la obligatoriedad, para los primeros compradores de leche de vaca, oveja y cabra, de declarar mensualmente ante la autoridad competente, la cantidad de leche cruda que les haya sido entregada el mes anterior.
  • Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra, publicado en el B.O.E. el 25 de abril de 2015 (BOE nº 99), establece el sistema unificado de información del sector lácteo (INFOLAC).

Enlace al Sistema informático: Acceso a la aplicación para la introducción de declaraciones
Contratos obligatorios del Sector Lácteo.
Definición:

Este real decreto entró en vigor el 1 de abril de 2015, y en el mismo se establece la obligatoriedad de presentar declaraciones de leche a los siguientes agentes la obligatoriedad de declarar los contratos suscritos entre primeros compradores y ganaderos a través del sistema unificado del sector lácteo para:
  •  El receptor de la leche cruda que haya contratado su adquisición con un suministrador que sea un productor, comunicará, mediante soporte informático, a la base de datos , en un plazo mínimo de siete días antes de la fecha de inicio de vigencia del contrato y siempre antes de comenzar la entrega de la leche objeto del contrato.
  •  El receptor de la leche deberá realizar una oferta de contrato por escrito con una duración mínima de un año. La oferta deberá presentarse al menos dos meses antes de la finalización del contrato en vigor y en caso de tratarse de una nueva relación contractual, al menos dos meses antes del inicio de las entregas de leche.
Normativa:
  • Real Decreto 125/2015, de 27 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2012, de 28 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteo y se establecen sus condiciones de contratación.
  • Orden AAA/1933/2012, de 3 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Láctea, al conjunto del sector, y se fija la aportación económica para realizar la implantación, el mantenimiento y la gestión del sistema de contratos lácteos obligatorios; para la optimización del conocimiento y de la transparencia informativa del sector lácteo y para la potenciación de la calidad e innovación tecnológica en el sector lácteo en las campañas 2012/2013, 2013/2014 y 2014/2015.
  • Orden AAA/67/2016, de 25 de enero, por la que se homologa el contrato-tipo de suministro de leche cruda de vaca aplicable a ganaderos con código REGA, que regirá durante un período de un año

 
Enlace al Sistema informático:

Acceso a la aplicación para la introducción de declaraciones

Producción primaria del sector lácteo

{{ ctxactual.parameters['refine.ano'] = ctxbovino.parameters['refine.ano'] = ctxovino.parameters['refine.ano'] = ctxcaprino.parameters['refine.ano'] = fechaActual.results[0].x.year; "" }}
{{ values.provincias = provincias; ""}}

Producción de leche por provincias y sectores declarada en {{fechaActual.results[0].x.year}}

{{ totalsector = (listasectores.results | toObject : 'x') ; "" }}
{{ sectorxprov[sector.x][provincia.provincia]=(sectoresxprovincias.results | filter: { x: {provincia:provincia.provincia,sector:sector.x} }:true)[0];"" }}
Bovino Ovino Caprino
Provincia Litros % Litros % Litros %
{{provincia.provincia}} {{(sectorxprov['Bovino'][provincia.provincia].litros)?sectorxprov['Bovino'][provincia.provincia].litros:0 | number}} {{((sectorxprov['Bovino'][provincia.provincia].litros/totalsector['Bovino'].litros)*100| number:2)}}% {{(sectorxprov['Ovino'][provincia.provincia].litros)?sectorxprov['Ovino'][provincia.provincia].litros:0 | number}} {{((sectorxprov['Ovino'][provincia.provincia].litros/totalsector['Ovino'].litros)*100| number:2)}}% {{(sectorxprov['Caprino'][provincia.provincia].litros)?sectorxprov['Caprino'][provincia.provincia].litros:0 | number}} {{((sectorxprov['Caprino'][provincia.provincia].litros/totalsector['Caprino'].litros)*100| number:2)}}%
Total {{totalsector['Bovino'].litros | number}} {{totalsector['Ovino'].litros | number}} {{totalsector['Caprino'].litros | number}}

Abre una nueva ventana para descargar la Tabla. Descarga la tabla datos en formato Excel

Producción de leche en el sector Bovino por provincias en {{fechaActual.results[0].x.year}}

Producción de leche en el sector Ovino por provincias en {{fechaActual.results[0].x.year}}

Producción de leche en el sector Caprino por provincias en {{fechaActual.results[0].x.year}}

Evolución de producción de leche por sectores

Puedes consultar y analizar esta información en el Portal de análisis de datos abiertos de la Junta de Castilla y León. También puedes descargar los datos en formato EXCEL, CSV y JSON.