El instrumento financiero es una herramienta para favorecer la inversión en el sector agrario y agroindustrial (
Orden AGR/30/2025. de 19 de enero
).
El objetivo es apoyar proyectos de inversión y capital circulante a través de préstamos garantizados que formalizarán las entidades financieras a los agricultores, ganaderos e industriales en condiciones especiales. Estos préstamos estarán garantizados con fondos públicos del Instrumento Financiero en el marco del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC)´, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader).
Esta forma de apoyo, a través de préstamos garantizados, se puede solicitar para:
Proyectos que tengan apoyo de subvención a fondo perdido de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en el marco de la intervención de apoyo a las explotaciones agrarias, pudiendo pedir en forma de préstamo el importe de la inversión descontando la subvención concedida, más capital circulante (operación combinada).
Proyectos que no tengan apoyo de subvención, pudiendo solicitar un préstamo por el importe total de la inversión, más capital circulante (operación sin combinar).
Capital circulante de explotaciones agrícolas, cooperativas agrarias y otras entidades asociativas agrarias e industrias agroalimentarias.
Las actuaciones que pueden ser apoyadas son:
Inversiones en explotaciones agrarias.
Inversiones en industria agroalimentaria
Puesta en marcha del plan de empresa por jóvenes que se incorporan a la actividad agraria.
El catálogo de préstamos que se ofrecen es de una duración de 3, 5, 8, 10, 12, 15 o 20 años de vida, contemplándose la posibilidad de 1, 2, 3 o 4 años de carencia, esta última sólo para préstamos a 20 años.
Las condiciones financieras de los préstamos son:
El importe máximo del préstamo, para inversiones en explotaciones agrarias es de 400.000 euros en persona física y de 1.000.000 euros en persona jurídica. En industria agroalimentaria es de 1.000.000 euros, con un límite máximo de 2.000.000 euros en 24 meses. El importe máximo del préstamo para apoyar el plan de empresa en la creación de empresas por jóvenes agricultores es de 400.000 euros.
El importe mínimo del préstamo para inversiones en explotaciones agrarias es de 10.000 euros y en inversiones para industrias es de 50.000 euros.
El préstamo para capital circulante se puede solicitar sin la necesidad de vincular a una inversión. En modernización de explotaciones el importe máximo del préstamo para capital circulante sin vincular a inversión puede ser de 200.000 euros. En industria alimentaria el importe máximo del préstamo para capital circulante sin vincular a inversión puede ser de 1.000.000 euros, con un límite máximo de 2.000.000 euros en 24 meses.
Alcance de la garantía:
A nivel de préstamo individual:
80% instrumento financiero.
Intereses y comisiones:
Intereses y comisiones de la entidad financiera:
Interés: fijo euríbor anual +1%.
Comisión apertura: máximo 1%.
Comisión cancelación anticipada: sin comisión.
Intereses y comisiones de la garantía:
Comisión de estudio: 0%.
Comisión de gestión: 0%.
Para solicitar un préstamo garantizado deberás acudir a una de las entidades financieras colaboradoras con la Consejería en la gestión, y en el plazo máximo de un mes, si se cumplen las condiciones establecidas, se podrá formalizar el préstamo solicitado.