Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Agricultura y Ganadería de Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

Ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.

Objeto de la ayuda

Esta ayuda tiene por objeto la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, con carácter extraordinario y por razones de interés público, social y económico, con la finalidad de reducir el consumo de energía final en el sector agrícola para cumplir con los objetivos fijados por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, mediante la realización de actuaciones de ahorro y eficiencia energética y la utilización de las energías renovables.

Se trata de unas ayudas, a fondo perdido, con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, dentro del programa de impulso a la eficiencia energética del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Características de la ayuda

Serán beneficiarios, entre otros, los titulares de explotaciones agropecuarias, los titulares de explotaciones agrícolas de regadío, las Comunidades de Regantes y otras organizaciones para la gestión en común de agua para el riego agrícola o de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario, las comunidades de energías renovables o las comunidades ciudadanas de energía, que desarrollen su actividad en Castilla y León.

Requisitos de las actuaciones y compromisos.

  1. Conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.
  2. Justificar el ahorro de energía final mediante uno de los métodos de cálculo establecidos en el anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.
  3. Contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, en el caso que las mismas lo requieran.
  4. No haber iniciado las actuaciones con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
  5. Comprometerse a realizar las inversiones en los 12 meses siguientes a la notificación de la resolución.
  6. Mantener y destinar las inversiones y bienes subvencionados, durante un período mínimo de 5 años desde la fecha de compra justificada en la factura, al fin concreto para el que se concede la subvención.

Actuaciones subvencionables.

Se financian dos tipos de actuaciones:

  • Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío, incluyendo la sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente, la implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos, la implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego, la instalación o sustitución de baterías de condensadores, la sustitución de emisores a baja presión, etc. Todo ello enfocado al ahorro de energía, excluyéndose todas aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable y las instalaciones de energía solar fotovoltaica.
  • Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias que permitan reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2, como por ejemplo: actuaciones sobre la envolvente térmica de edificios agropecuarios que reduzca la demanda de calefacción o refrigeración, la sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables como la solar térmica, la biomasa, la energía geotérmica, la aerotermia, la hidrotermia, las bombas de calor…, sustitución de instalaciones de iluminación interior y exterior, etc.

Además de las actuaciones anteriores pueden auxiliarse, entre otros, los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, la realización de auditorías energéticas para determinar las actuaciones a implantar, la redacción de proyectos técnicos, la dirección facultativa de las actuaciones, los costes de gestión de la justificación de la solicitud, etc.

Importe de la ayuda.

La cuantía de la ayuda a conceder será la menor de entre los siguientes valores:

  • La ayuda resultante de aplicar al coste elegible de la actuación, una intensidad de ayuda del 30%.
  • La ayuda resultante de aplicar los límites establecidos en el Anexo 4
Normativa reguladora
  • R.D. 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.
  • Orden de 2 de noviembre de 2023, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convocan las ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en Explotaciones Agropecuarias
Resuelve tus dudas

Correo electrónico para consultas: eficiencia.energetica.explotaciones@jcyl.es

Para resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas puede dirigirse al número de teléfono 012.

Solicitud de ayuda

Puede acceder a la solicitud de las ayudas de eficiencia energética a través del siguiente enlace:

Ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias (2023) | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León (jcyl.es)