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Agricultura y Ganadería de Castilla y León

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Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA)

El Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004, estableció al FEMPA como fondo de las políticas marítima, pesquera y acuícola de la UE dispuesto para el periodo 2021-2027, en sustitución del anterior Fondo Europeo de Pesca (FEMP).

De acuerdo con este marco fue aprobado el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (CCI 2021ES14MFPR001), PFEMPA, el cual desarrolla para nuestro país la aplicación de las prioridades establecidas reglamentariamente.

De entre tales prioridades, la denominada “Prioridad 2 - Fomentar las actividades sostenibles de acuicultura, así como la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo así a la seguridad alimentaria en la Unión” resulta de gran interés para la Comunidad de Castilla y León, por la significación que en ella tiene tanto la acuicultura, como la transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Por ello, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural promueve dos líneas de ayuda a la inversión por parte de empresas privadas dentro de este programa.

  • Línea de ayuda PA1: Desarrolla el objetivo específico 2.1 del PFEMPA “Promover actividades acuícolas sostenibles, especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo”, del cual contempla únicamente el tipo de acción 2.1.2 “Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura”.
    Estos incentivos están dirigidos a empresas de cualquier dimensión.
     
  • Línea de ayuda PA2: Desarrolla el objetivo específico 2.2 del PFEMPA “Promover la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos”, del cual contempla únicamente el tipo de acción 2.2.4 “Inversiones en comercialización y transformación”.
    Estos incentivos están dirigidos exclusivamente a pymes.

Bases reguladoras

Para la aplicación de estas líneas de ayuda ha sido dispuesta la Orden AGR/949/2024, de 23 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a las inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura y a las inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, incluidas en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOCYL n.º 192 de 2 de octubre, con corrección de errores en el BOCYL n.º 208 de 24 de octubre).

Estas bases definen dos líneas de ayuda:

  • Línea PA1, denominada «Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura». Dirigidas a empresas de cualquier dimensión, siendo sus parámetros de subvención los siguientes:
    • Intensidad de ayuda:
      • Cuando el solicitante tenga la condición de pyme: 60 %
      • En el resto de los casos: 50 %
    • Importe máximo de la ayuda individual: 750.000 euros
  • Línea PA2, denominada «Inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura». Dirigidas solo a pymes, siendo sus parámetros de subvención los siguientes:
    • Intensidad de ayuda: 50 %
    • Importe máximo de la ayuda 900.000 euros

Convocatorias realizadas mediante sendas órdenes de las Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de 8 de noviembre de 2024.

  • Línea PA1
    • Código BDNS: 795905
    • Fecha de publicación de extracto en el BOCYL: 15 de noviembre de 2024
    • Fecha límite para el registro de solicitudes de ayuda: 30 de abril de 2025.
  • Línea PA2
    • Código BDNS: 795919
    • Fecha de publicación de extracto en el BOCYL: 15 de noviembre de 2024
    • Fecha límite para el registro de solicitudes de ayuda: 30 de abril de 2025.

Información relevante en materia de prevención del fraude o de irregularidades.

  • Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA)

           IGAE: Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA)  

  • Buzón de correo electrónico para la comunicación al SNCA de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad: snca@igae.hacienda.gob.es

Otros enlaces de interés

  Fondo europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA)